El nuevo «Plus compensatorio de formación» vigente en el Convenio Colectivo del
Sector de Hostelería y Actividades Turísticas en la Comunidad de Madrid, establece que:

Para asegurar la formación de los trabajadores del sector; aquellas empresas que no hayan realizado la formación de sus empleados relacionada con su actividad profesional a 31 de diciembre del 2024 tendrán que abonar al trabajador una compensación económica mensual además de su salario.

La formación debe estar relacionada con la actividad profesional de las personas trabajadoras. Queda excluida la formación en prevención de riesgos laborales (art.19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales) y formación en manipulador de alimentos.

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